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viernes, 31 de agosto de 2012

Curiosidades en los protocolos notariales siglo XIX.


Con motivo de un trabajo sobre la evolución demográfica de l’Alcora en el siglo XIX,  realice una investigación en los protocolos notariales depositados en el Archivo del Museo de la Cerámica de l’Alcora (en la actualidad en el Archivo Histórico del Ayuntamiento de l’Alcora), en un principio mi investigación se centraba en estudiar las escrituras de compra-venta de bienes rústicos, a fin de determinar si había existido una concentración de la propiedad de la tierra, que hubiese forzado la emigración masiva de los desposeídos al no poder subsistir. Mi sorpresa fue grande al comprobar la rica información que sobre la vida cotidiana de las gentes se podía obtener con el estudio de los protocolos y decidí hacer una relación de todos los documentos que contenían, con una pequeña explicación de los mismos.
De las múltiples historias que se pueden extraer de dichos protocolos me he permitido relatar tres en este artículo, las cuales me parecen interesentes y curiosas, sobre todo vistas desde mentalidad actual.

Escrituras de perdón otorgada por  José Porcar y consorte (María Granell) 23-09-1843 y 23-10-1943.
En estas escritura se relata que  estando María trabajando en una finca de su propiedad en partida Pla de Molvedre, sufrió una agresión e intento de ser forzada por dos vecinos de Vila-real, que merodeaban por las inmediaciones, los agresores Agustín Bernat y José Ortiz, fueron detenidos, condenados y encarcelados, tras su encarcelamiento solicitaron ser indultados a la Audiencia Territorial de Valencia, alegando el primero que estaba casado con hijos pequeños y que su ausencia creaba serias dificultades a su familia y el segundo que su madre era viuda y estaba enferma, la Audiencia se mostró favorable a concederles el indulto, pero necesitaban el perdón del ofendido, en las escrituras, por supuesto, no figura si hubo presiones o alguna compensación económica para que se les concediera el perdón, el caso es que se otorgó. Lo que para nosotros puede ser al menos curioso es que quien otorgó el perdón era el esposo José Porcar, pues era a él a quien el tribunal consideraba ofendido, no su esposa María Granell.
Convenio entre José Chiva, Andrés Porcar, Manuel Pallarés y Manuel Gomís, labradores, 23-09-1846.
En el siglo XIX,  las llamadas “quintas”, eran algo esporádico, que respondía a las necesidades del Ejercito, decretadas por el gobierno sin una regularidad temporal, lo habitual era que cuando se llamaba a filas se hiciera una exacción de un quinto de los mozos en edad de prestar servicio, y que el servicio abarcara varios años. Las familias acomodadas, hacían todo lo que estaba en sus manos para evitar que sus hijos cumpliesen el servicio militar, la practica más habitual era la “comprar” de otro mozo para que lo sustituyera, en el caso de esta escritura, tras la llamada a quintas por el gobierno y antes del sorteo de los mozos, cuatro labradores realizan una especie de sindicación, acordando que en caso de que el hijo de uno de ellos le correspondiese “ser soldado”, pagarían entre los cuatros al sustituto, lo mismo que si fueran  dos o tres, dejando en libertad de hacer lo que cada cual quisiera en caso de ser los cuatro. La cantidad que se solía pagar por una sustitución estaba al rededor de 2.000 reales por mozo (100 duros de plata). Habitualmente se procuraba que el sustituto no fuera de la misma población, supongo que para evitar las posibles recriminaciones, por parte de los familiares,  en caso ser herido o muerto.
Testamento de D.[1] Manuel Grangel y María Granell[2] 04-04-1850.
Después de las cláusulas habituales comunes en todos los testamentos, cuando se  llega a la distribución de la herencia entre sus dos hijos Ramona y D. Pascual Grangel Granell, incluye una cláusula que dice textualmente “Que en una de las invasiones que la partida de Forcadell[3] hizo sobre los pueblos de la Ribera, invadió la villa de Carlet en la que se hallaba domiciliada su hija Ramona Grangel Granell, consorte de D. Tomás Segura, haciéndola presa y conduciéndola al pueblo de Montán, fue preciso practicar alguna diligencia para el logro de su libertad y rescate, el que se consiguió con el desembolso de mil seiscientos duros cuya cantidad le condonamos”. A pesar de la condonación,  en otra cláusula figura una compensación a su hijo D. Pascual Grangel Granell otorgándole como mejora “una casa en calle Loreto con un molino de aceite”. Cuanto menos  es de  suponer que la partida de Forcadell, sabía bien a quien secuestraba, y que probablemente en ella figuraría algún alcorino que conocía a la afectada. La cantidad de mil seiscientos duros no estaba al alcance de cualquiera en aquella época.
Esto solo es una pequeña muestra de la riqueza de los protocolos notariales referidos, la lastima es que los mismos no alcanzan todo siglo XIX,  pues de ellos se podría obtener un retrato prefecto de  la vida de las gentes del pueblo.
Artículo publicado en el prograna de fiestas de l'Alcora año 2.012.


[1] El don no es gratuito, en esta época, solo se le otorgaba a quien tenia algún titulo o era un reconocido hacendado, como en este caso.
[2] Por lo que desprende los documentos consultados, las dos Marias Granell citadas en este articulo, eran personas diferentes.
[3] Forcadell,  cabecilla carlista en la primera Guerra Carlista  (l833-1840)

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