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lunes, 20 de diciembre de 2021

 Un pleito en el siglo XIX

En la Gaceta de Madrid 24 de Julio de 1872, aparece publicada una sentencia del Tribual Supremo sobre un pleito entre el Ayuntamiento de Alcora y D, Matías Martínez Escrig, el tema del litigio así como la cantidad de datos que aporta, hacen de la misma un documento muy interesante para el estudio de la historia de nuestra villa.



Empieza el escrito haciendo mención a una escritura formalizada entre e Conde de Aranda y el Ayuntamiento, el 29 de agosto de 1782, en virtud de la misma el Ayuntamiento otorga al Conde, un sitio en la partida de la Hortetai sobre una parte y otra de la acequia mayor para que construya un molino harinero y un establo, especificado en la misma, que la obligación de limpia de la acequia será a cargo del Ayuntamiento y la de la balsa será para el molino, conforme se había practicado en el molino del Pantano. Estableciéndose un canon de dos libras pecheras por la utilización de las aguas.

Sigue el escrito reseñando que el Duque de Híjar celebro un contrato con el Ayuntamiento, en el año 1844, en virtud del cual, se comprometía a pagar la mitad de los costes de la limpia y monda de acequia mayor, este compromiso debió de asumirlo el Duque debido al abandono en que el Ayuntamiento tenia la acequia, lo que dificultaba el abastecimiento de agua para el funcionamiento de la Fábrica y los molinos; hay que tener en cuenta que los molinos eran todos propiedad del la casa Ducal, según el privilegio que se reservo D. Juan Ximen de Urrea, en el otorgamiento de la Carta Pobla en 1305, y que estuvo vigente hasta la supresión de los Señoríos Jurisdiccionales por las Cortes de Cadiz en 1811,(aunque su abolición efectiva no se produjo hasta el 26 de Agosto 1837).

De la sentencia se desprende, que el administrador del Duque a fin de exonerar de la carga de la limpia a la Fábrica, que no pasaba por sus mejores momentos, la repartió entre los molinos.

Consta que el 27 de Abril de 1858, el molino, fue arrendado por termino indefinido a los consortes Cristóbal Chiva y Josefa Cubles, con un precio de 5.200 reales anuales, especificando que la limpias y reparaciones de la acequia, no seria a cargo del molino, sino de la Fábrica.

En de Junio de 1864, dentro de la política general de la casa ducal de enajenar todos los bienes que poseían en el Alcalatén, el Duque de Híjar vendió el molino nuevo a Matías Martínez y Escrig , libre de censos y gravamen.

Es en este punto donde se producen los hechos que desembocan en el pleito. En 1858 la Fábrica fue adquirida por los hermanos Girona, su funcionamiento, a pesar de los esfuerzos de esto, fue muy deficiente entrando en un periodo de deterioro progresivo. El Ayuntamiento debió de tener dificultades para cobrar la parte de la limpia de las acequias a la Fábrica, por lo que reclamo a los molinos la parte comprometida por el Duque en 1844. No tenemos constancia de lo que ocurrió con el resto de los molinos al referirse el pleito solo al molino Nuevo. Este no pago y en 1868 el Ayuntamiento le requirió el pago de los cuatro años comprendidos desde 1864 a 1868 por el importe de 75 escudos, procediendo a su cobro por medio de apremio y embargo.

D. Matías Martínez entabló una demanda contra el alcalde de Alcora D. Pascual Grangel, ante el Juzgado de Primera Instancia de Lucena, el Juzgado dicto sentencia condenando al alcalde a reintegrar los 75 escudos, a parte de las costas y perjuicios causados.

El Ayuntamiento recurrió la sentencia por considerar por una parte, que no era un tribunal ordinario quien debía entender de la misma, al tratarse de un hecho meramente administrativo y por otra, al condenar al alcalde por un hecho acordado y realizado en nombre del Ayuntamiento.

Tanto la Audiencia de Valencia como el Tribunal Supremo, desestimaron el recuso, no concretando el punto de quien debía de pagar, por lo que no sabemos si al final pago el Ayuntamiento o el alcalde.

Es una pequeña anécdota de la vida cotidiana en el siglo XIX, de ella se desprende, que los particulares no estaban tan desprotegidos en sus derechos frente a la administración como podemos pensar, aunque por supuesto que D. Matías Martínez debió ser una persona de haberes, pues no todos hubieran podido mantener el pleito hasta el Tribunal Supremo.

iSegún el emplazamiento se trata del Molino Nuevo, hoy conocido como el Molino de Matraca.


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