Consultando
el Boletín Oficial de la Provincia de primeros de siglo XX, me llamó
la atención la publicación en el mismo por parte de varios
ayuntamientos de notas en las que se daba cuenta de la forma de
cubrir los déficit con la imposición de cargos al consumo de
determinados productos, la extrañeza que puede producir en nuestros
días esta forma de imposición, me movió a intentar hacer un
análisis de esta practica para los presupuestos de varios municipios
par el año 1905.
La
practica se apoya en una Real Orden de Ministerio de Hacienda de 3 de
Agosto de 1878, la Orden se dicto como una solución transitoria para
que los ayuntamientos con pocos recursos pudieran devolver en seis
años una deuda que habían contraído con la hacienda, por no
liquidar el impuesto sobre el consumo de cereales y sal, (impuesto
que recaudaban los ayuntamientos y liquidaban con posteridad a la
hacienda) y pudiesen cubrir los déficit municipales, sin gastar lo
que debían liquidar a hacienda, todo en espera de una ley que
solucionara la financiación municipal, en las notas de los
ayuntamientos de hace referencia a otra norma de 5-4-1889 1,
que debía de puntualizar algún aspecto de la anterior, la
transitoriedad se debió de prolongar bastante pues en el año que
estamos estudiando todavía estaba en vigor.
Del
estudio de los municipios de la provincia de Castellón que la
aplicaron el 1905, podemos constatar que se trataban de los menos
poblados, de 140 municipios que constan en el censo de 1900 en la
provincia de Castellón, la aplicaron 60 un 42,86 %, mientras que la
población de estos municipios ascendía a 62.822 habitantes en 20,21
%, el total habitantes en la provincia ascendía 310.784.
El
importe total de las cargas se elevo a 152,219,27. su reparto podemos
decir que no tenia nada de equitativo, los pueblos menores tuvieron
que cargar con mayores impuestos a sus habitantes, consecuencia
directa de la estructura del impuesto.
En
el conjunto de la provincia, partiendo de una escala de 500 en 500
habitantes, para cada municipio, los tramos hasta 2.500 habitantes
son los mas afectados, siendo la cantidad media a soportar por cada
habitante mayor en los municipios menores, 4,07 pesetas de media en
los pueblos mas pequeños, siendo Barracas con 7,35 el municipio con
mayor carga por habitante. En el cuadro 1 se puede ver la incidencia
por rango de población.
Podemos
preguntarnos si en cargo por habitante del arbitrio era para la época
relevante, teniendo en cuenta el rendimiento de cuentas del
Ayuntamiento de l'Alcora para 1903, el conjunto de gastos de dicho
año del ayuntamiento ascendió a 24.952,35 pts, repartido entre los
4,551 habitantes del censo de 1900 corresponde un gasto por habitante
de 5,48 pts, la media de 2,42 pts, de cargo para los habitantes
afectados es importante, máxime cuando en los pueblos de menos de
500 htes, la media es de 4,07 pts, llegando en muchos casos a superar
el gasto total por habitante de l'Alcora.
Otra
cuestión interesante es el estudio de la incidencia por zonas, nos
hemos permitido hacer una división por zonas de la provincia, que
aunque no responde a ninguna división histórica ni administrativa,
si que responde a un criterio geográfico que a nuestro entender si
que define diferencias significativas entre los territorios de
provincia, la primera división es el definir un litoral y un
interior, en la zona litoral henos incluido las planas litorales con
una linea que iría de la Vall a Sant Jordi, incluyendo Onda, Artana,
l'Alcora, Villafames, Cervera, La Jana. En el interior el restro. En
cuanto a la división entre septentrional y meridional henos trazado
una linea desde la cumbre del Peñagolosa hasta Benicasim, dejando
este municipio en la zona meridional. Sin pretenderlo la zona
interior-meridional salvo alguna excepción no significativa, ha
quedado configurada por los pueblos castellano parlantes de la
provincia. En el cuadro 2 podemos ver la incidencia por zona.
Como
se puede observar los municipios mayormente afectados son los del
interior, en el litoral norte solo figura Torreblanca, siendo una
excepción incluso en los productos que grava, punto que comentaremos
mas adelante, en cuanto al litoral sur solo afecta al pequeño
municipio de La Llosa que contaba con 293 habitantes en 1900.
En
el interior tenemos una incidencia del 53,70 % de municipios y el
40,27 % de habitantes, lo que confirma la mayor incidencia en el
interior es también en los municipios mas pequeños. Una excepción
es Morella que con 7.335 habitantes en 1900 declara un cargo de
12.000 pesetas, con un solo producto (1.200.000 kgs de hierba), lo
que nos hace pensar en un arbitrio a cargo de los ganaderos que no
tendría incidencia en el resto de la población.
Otro
aspecto que podemos deducir de este cuadro es el equilibrio de
población entre en interior y el litoral, equilibrio roto en la
actualidad a favor de litoral, dos ejemplo Lucena (interior) año
1900 , 4040 habitantes, año 2011, 1480, Nules (litoral) año 1900,
5367 habitantes, año 2011, 13,549.
En
cuanto a los productos gravados la incoherencia entre los consumos de
los diversos pueblos en relación a su población, nos hace pensar
que se incluían productos de consumo habitual haciendo cuadrar la
cantidad y su precio de acuerdo con el importe necesario para cubrir
el déficit. Leña, paja y patatas figuran en casi tos las
relaciones, los higos debían de ser de consumo habitual, los
cereales, sal y aceite, estaban gravados por el estado, por lo que
siendo los productos de consumo mas habitual no podían ser
gravados. En el cuadro 3 podemos ver un resumen de los consumos
gravados con detalle de los pueblos y habitantes afectados por cada
producto.
Los
pueblos mas pequeños tenían que hacer un verdadero ejercicio de
malabares para cuadrar el importe a recaudar, así por ejemplo el
pequeño municipio de Vallat con sus 239 habitantes y un déficit
previsto de 614, 85 pesetas, gravó 21.400 kgs, de algarrobas con
214'00 pesetas,, 72,000 kgs, de leña con 180 pts,, 43.342 kgs, de
patatas con 100,85 pts,, 2.500 huevos con 50 pts,, 80 pollos con 40
pts, y 40 gallinas con 30 pts., no figura la paja lo que es bastante
extraño.
Torreblanca
fue el último pueblo en publicar la relación el 4 de enero de 1905,
los productos que grava se apartan de los habituales, pensamos que se
trataría de una practica excepcional para dicho ayuntamiento, para
cubrir un déficit de 1,100 pesetas, grave esperma2,cera,
huevos, pollos, gallinas y leche, en cantidades irrisorias para el
volumen de población del municipio.
En
cuanto a la forma de recaudar el impuesto, aunque no tengamos
constancia, si que, basándonos en la forma de recaudar de otros
impuestos (ejemplo arbitrios sobre el gremio de líquidos), debía
ser en base a reparto, se estimaría un consumo por persona o animal
en base a las cantidades presupuestadas, cobrando a cada vecino lo
que correspondía. Es impensable teniendo en cuenta la precaria
situación de la administración de los ayuntamientos, pudiese
recaudar el impuesto sobre los consumos reales realizado por cada
sujeto.
Las
celebraciones, fiestas, ritos costumbres, etc. nos acercan a la forma
de vivir de las gentes de nuestro entorno en el pasado, el estudio de
estos eventos esta muy extendido, las gentes a parte de participar en
ellos, enfrentaban una multitud de hechos cotidianos que configuraban
su forma de vivir, entre ellos estaba el pagar impuestos, los hay que
llegan hasta nuestros días habiendo cambiado de nombre, pero
gravando lo mismo, este se correspondería al actual I.V.A., los
productos gravados nos dan una idea de la vida cotidiana de los
pueblos, así como la distribución territorial del mismo nos
muestran las diferencia de recursos entre los pueblos con mas
habitantes y los de menos. Junto a los eventos enumerados arriba,
este puede ayudarnos a conocer la realidad cotidiana de nuestros
antepasados.
Ejemplo de publicación (Vallat)
1He
podido consultar la R.O. de 03/08/1878, la de 05/04/1889 no la he
podido encontrar en BOE, sin embargo creo que debía de aclarar
algún punto de la anterior sin modificar su corpus.
2Una
especie de cera liquida que se usaba en los candiles para alumbrar.
No hay comentarios:
Publicar un comentario