Con
motivo de un trabajo sobre la evolución demográfica de l’Alcora en el siglo
XIX, realice una investigación en los
protocolos notariales depositados en el Archivo del Museo de la Cerámica de l’Alcora (en
la actualidad en el Archivo Histórico del Ayuntamiento de l’Alcora), en un
principio mi investigación se centraba en estudiar las escrituras de
compra-venta de bienes rústicos, a fin de determinar si había existido una
concentración de la propiedad de la tierra, que hubiese forzado la emigración
masiva de los desposeídos al no poder subsistir. Mi sorpresa fue grande al
comprobar la rica información que sobre la vida cotidiana de las gentes se
podía obtener con el estudio de los protocolos y decidí hacer una relación de
todos los documentos que contenían, con una pequeña explicación de los mismos.
De
las múltiples historias que se pueden extraer de dichos protocolos me he permitido
relatar tres en este artículo, las cuales me parecen interesentes y curiosas,
sobre todo vistas desde mentalidad actual.
Escrituras
de perdón otorgada por José Porcar y
consorte (María Granell) 23-09-1843 y 23-10-1943.
En
estas escritura se relata que estando
María trabajando en una finca de su propiedad en partida Pla de Molvedre,
sufrió una agresión e intento de ser forzada por dos vecinos de Vila-real, que
merodeaban por las inmediaciones, los agresores Agustín Bernat y José Ortiz,
fueron detenidos, condenados y encarcelados, tras su encarcelamiento
solicitaron ser indultados a la Audiencia Territorial
de Valencia, alegando el primero que estaba casado con hijos pequeños y que su
ausencia creaba serias dificultades a su familia y el segundo que su madre era
viuda y estaba enferma, la
Audiencia se mostró favorable a concederles el indulto, pero
necesitaban el perdón del ofendido, en las escrituras, por supuesto, no figura
si hubo presiones o alguna compensación económica para que se les concediera el
perdón, el caso es que se otorgó. Lo que para nosotros puede ser al menos curioso
es que quien otorgó el perdón era el esposo José Porcar, pues era a él a quien
el tribunal consideraba ofendido, no su esposa María Granell.
Convenio
entre José Chiva, Andrés Porcar, Manuel Pallarés y Manuel Gomís, labradores,
23-09-1846.
En
el siglo XIX, las llamadas “quintas”,
eran algo esporádico, que respondía a las necesidades del Ejercito, decretadas
por el gobierno sin una regularidad temporal, lo habitual era que cuando se
llamaba a filas se hiciera una exacción de un quinto de los mozos en edad de
prestar servicio, y que el servicio abarcara varios años. Las familias
acomodadas, hacían todo lo que estaba en sus manos para evitar que sus hijos
cumpliesen el servicio militar, la practica más habitual era la “comprar” de
otro mozo para que lo sustituyera, en el caso de esta escritura, tras la
llamada a quintas por el gobierno y antes del sorteo de los mozos, cuatro
labradores realizan una especie de sindicación, acordando que en caso de que el
hijo de uno de ellos le correspondiese “ser soldado”, pagarían entre los
cuatros al sustituto, lo mismo que si fueran
dos o tres, dejando en libertad de hacer lo que cada cual quisiera en
caso de ser los cuatro. La cantidad que se solía pagar por una sustitución
estaba al rededor de 2.000 reales por mozo (100 duros de plata). Habitualmente
se procuraba que el sustituto no fuera de la misma población, supongo que para
evitar las posibles recriminaciones, por parte de los familiares, en caso ser herido o muerto.
Después
de las cláusulas habituales comunes en todos los testamentos, cuando se llega a la distribución de la herencia entre
sus dos hijos Ramona y D. Pascual Grangel Granell, incluye una cláusula que
dice textualmente “Que en una de las invasiones que la partida de Forcadell[3]
hizo sobre los pueblos de la
Ribera, invadió la villa de Carlet en la que se hallaba
domiciliada su hija Ramona Grangel Granell, consorte de D. Tomás Segura,
haciéndola presa y conduciéndola al pueblo de Montán, fue preciso practicar
alguna diligencia para el logro de su libertad y rescate, el que se consiguió
con el desembolso de mil seiscientos duros cuya cantidad le condonamos”. A
pesar de la condonación, en otra
cláusula figura una compensación a su hijo D. Pascual Grangel Granell
otorgándole como mejora “una casa en calle Loreto con un molino de aceite”.
Cuanto menos es de suponer que la partida de Forcadell, sabía
bien a quien secuestraba, y que probablemente en ella figuraría algún alcorino
que conocía a la afectada. La cantidad de mil seiscientos duros no estaba al
alcance de cualquiera en aquella época.
Esto
solo es una pequeña muestra de la riqueza de los protocolos notariales
referidos, la lastima es que los mismos no alcanzan todo siglo XIX, pues de ellos se podría obtener un retrato
prefecto de la vida de las gentes del
pueblo.
Artículo publicado en el prograna de fiestas de l'Alcora año 2.012.
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