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martes, 1 de octubre de 2013

Los arreglos sobre las aguas para regar en el siglo XVIII



Los arreglos sobre las aguas para regar en el siglo XVIII.
A principio de la edad Moderna (finales del siglo XV) la población de l’Alcora incluido Costur contaba con unos 1.000 habitantes, esta cifra se mantuvo mas o menos estable hasta primeros del siglo XVIII, con esta evolución de la población la superficie regable fue la misma en todo el periodo, pues, la capacidad de las infraestructuras de regadío heredadas de los árabes, eran mas que suficiente para garantizar los niveles de subsistencia de la población.

A partir de principio del siglo XVIII, empezó un aumento constante de la población, (sobre todo a partir de 1.727 fecha en la que entra en funcionamiento la Real Fábrica de Loza y Porcelana del Conde de Aranda) pasando, de 1.123 habitantes en el censo de Campoflorido del año 1.713 a 3.783 en el de Floridablanca del año 1786, la magnitud del crecimiento poblacional, propiciado por la Real Fábrica creó un aumento de la actividad en otros sectores productivos de la población, de la que no podía quedar excluido un mayor interés por el regadío, que fue potenciado por la demanda de alimentos por parte del personal empleado en la fábrica. Los conflictos que generaba una mayor presión sobre la utilización de las aguas para el riego, obligó a los usuarios de las mismas a consolidar sus derechos históricos, con la redacción de acuerdos ante notario.
Encabezamiento de la escritura de "arreglo de aguas de la Granja del Compare"

La mayoría de los acuerdos, se redactaron a instancia del Alcalde con el propósito de evitar discordias entre los usuarios, así, en el documento correspondiente al “Regatell de abajo” se dice textualmente, “Convocados y ajuntados ante D. Joseph Gasch Alcalde ordinario… los vecinos que tienen heredades regantes en al extremalada del “Regatell de abajo” para evadirse de pleitos y cuestiones redactan las siguientes  ordenanzas”, una declaración de motivos similar se encuentra en todos los documentos. Otra constante es la designación del Ayuntamiento y del Alcalde como garantes de los acuerdos.
La redacción es similar en todos los documentos. Se especifica como debe de nombrarse el “sequiero”, (que jura el cargo y responde ante el alcalde), se fijan las sanciones por el mal uso del agua, (que serán reclamadas de acuerdo a las ordenanzas del ayuntamiento), se determina la forma en que ha de contribuir cada regante a la limpieza y reparación de las acequias y balsas, y se reparte el agua, aplicando un tiempo determinado del agua captada a cada propietario en función de la superficie de tierra que posee.
En los protocolos notariales depositados en el Archivo Histórico del Ayuntamiento de l’Alcora, se encuentran los documentos relacionados a continuación referentes a arreglos de agua.

Fecha
Huerta
20-03-1734
Regatell de Abajo
03-03-1747
Granjeta dels Pallareos (Primera)
25-06-1749
Mas de Bachero ¿.?
25-06-1749
Masvell ¿.?
27-2 y 23-06-1754
Sobre pleito agua Mas de Marco
03-08-1755
Huerta del Río junto al Camino Blanco
03-03-1769
Huerta del Castell
19-08-1769
Totex y la Quebrada
02-05-1770
Granja dels Pallaresos y Font Nova
20-06-1770
Fuente Masías de Costur de abajo
08-07-1770
“Buelta del Rio”
15-07-1770
Granja “de Compare” antes Mosen Bonera
10-08-1770
Regatell del Bosc.

La minuciosidad en que son tratados los más mínimos detalles sobre costumbres, formas de distribución del agua, sanciones o modos de realizar las limpiezas y mantenimiento de las acequias y balsas, son un testimonio de la importancia de las huertas, de la disponibilidad más o menos asegurada del agua, de las consecuencias que sobre el bienestar de los propietarios podía suponer la perdida de cosechas por una mal uso de la misma y un referente sobre la respetuosa utilización de un bien escaso y precioso.

Trabajo publicado en el Programa de Fiestas del Cristo de 2013.
Para mayor detalle consultar "História del Regadíos en l'Alcora" capítulo II.

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