Los arreglos sobre las aguas para regar en el siglo XVIII.
A principio de la edad Moderna
(finales del siglo XV) la población de l’Alcora incluido Costur contaba con
unos 1.000 habitantes, esta cifra se mantuvo mas o menos estable hasta primeros
del siglo XVIII, con esta evolución de la población la superficie regable fue
la misma en todo el periodo, pues, la capacidad de las infraestructuras de
regadío heredadas de los árabes, eran mas que suficiente para garantizar los
niveles de subsistencia de la población.
A partir de principio del siglo
XVIII, empezó un aumento constante de la población, (sobre todo a partir de
1.727 fecha en la que entra en funcionamiento la Real Fábrica de Loza
y Porcelana del Conde de Aranda) pasando, de 1.123 habitantes en el censo de
Campoflorido del año 1.713 a
3.783 en el de Floridablanca del año 1786, la magnitud del crecimiento
poblacional, propiciado por la
Real Fábrica creó un aumento de la actividad en otros
sectores productivos de la población, de la que no podía quedar excluido un
mayor interés por el regadío, que fue potenciado por la demanda de alimentos
por parte del personal empleado en la fábrica. Los conflictos que generaba una
mayor presión sobre la utilización de las aguas para el riego, obligó a los
usuarios de las mismas a consolidar sus derechos históricos, con la redacción
de acuerdos ante notario.
Encabezamiento de la escritura de "arreglo de aguas de la Granja del Compare" |
La mayoría de los acuerdos, se
redactaron a instancia del Alcalde con el propósito de evitar discordias entre
los usuarios, así, en el documento correspondiente al “Regatell de abajo” se
dice textualmente, “Convocados y
ajuntados ante D. Joseph Gasch Alcalde ordinario… los vecinos que tienen
heredades regantes en al extremalada del “Regatell de abajo” para evadirse de
pleitos y cuestiones redactan las siguientes ordenanzas”, una declaración de motivos
similar se encuentra en todos los documentos. Otra constante es la designación
del Ayuntamiento y del Alcalde como garantes de los acuerdos.
La redacción es similar en todos los
documentos. Se especifica como debe de nombrarse el “sequiero”, (que jura el cargo y responde ante el alcalde), se fijan
las sanciones por el mal uso del agua, (que serán reclamadas de acuerdo a las
ordenanzas del ayuntamiento), se determina la forma en que ha de contribuir
cada regante a la limpieza y reparación de las acequias y balsas, y se reparte
el agua, aplicando un tiempo determinado del agua captada a cada propietario en
función de la superficie de tierra que posee.
En los protocolos notariales depositados
en el Archivo Histórico del Ayuntamiento de l’Alcora, se encuentran los documentos
relacionados a continuación referentes a arreglos de agua.
Fecha
|
Huerta
|
20-03-1734
|
Regatell de Abajo
|
03-03-1747
|
Granjeta dels Pallareos
(Primera)
|
25-06-1749
|
Mas de Bachero ¿.?
|
25-06-1749
|
Masvell ¿.?
|
27-2 y 23-06-1754
|
Sobre pleito agua Mas
de Marco
|
03-08-1755
|
Huerta del Río junto al
Camino Blanco
|
03-03-1769
|
Huerta del Castell
|
19-08-1769
|
Totex y la Quebrada
|
02-05-1770
|
Granja dels Pallaresos
y Font Nova
|
20-06-1770
|
Fuente Masías de Costur
de abajo
|
08-07-1770
|
“Buelta del Rio”
|
15-07-1770
|
Granja “de Compare”
antes Mosen Bonera
|
10-08-1770
|
Regatell del Bosc.
|
La minuciosidad en que son tratados los más
mínimos detalles sobre costumbres, formas de distribución del agua, sanciones o
modos de realizar las limpiezas y mantenimiento de las acequias y balsas, son
un testimonio de la importancia de las huertas, de la disponibilidad más o
menos asegurada del agua, de las consecuencias que sobre el bienestar de los
propietarios podía suponer la perdida de cosechas por una mal uso de la misma y
un referente sobre la respetuosa utilización de un bien escaso y precioso.
Trabajo publicado en el Programa de Fiestas del Cristo de 2013.
Para mayor detalle consultar "História del Regadíos en l'Alcora" capítulo II.
No hay comentarios:
Publicar un comentario